Si vives en Extremadura y eres afectado de la compra
de acciones de Bankia SA, se podemos ayudar. Ya tenemos sentencias favorables
en Cáceres, Badajoz y Plasencia. Todas favorables y con condena en costas a
Bankia, por lo cual los gastos procesales lo ha pagado el banco,
Puedes reclamar la totalidad del dinero invertido en
acciones de Bankia. Para ello, la única opción es reclamar judicialmente tu
dinero, porque aunque subieran de valor las acciones nunca recuperarías el
dinero invertido.
¿Por qué se
ganan la mayoría de los casos?
Bankia ha perdido el 100% de las demandas planteadas
en los tribunales civiles de Extremadura por su salida a Bolsa en 2012. La
información en el folleto informativo contenía datos que no se ajustaban a la
verdadera situación económica de Bankia, y por tanto, de haberlo sabido nadie
hubiera comprado sus acciones.
La Audiencia Provincial de Badajoz y la Audiencia
Provincial de Cáceres han avalado la nulidad de la adquisición de las acciones
de Bankia SA con diversas sentencias.
¿Contra
quién se realiza la demanda?
La demanda se interpondrá ante la entidad financiera
que comercializó las acciones, Bankia, al ser la entidad la responsable por los
daños y perjuicios ocasionados a cada accionista como consecuencia de la
información defectuosa contenida en el Folleto Informativo, el falseamiento de
las cuentas y la sobrevaloración de la entidad en su salida a Bolsa.
El Supremo respalda anular la compra de
acciones de Bankia por ofrecer datos falsos en la salida a Bolsa
Bankia ya puede dar por perdidas las demandas. El
Tribunal Supremo ha rechazado este miércoles los
recursos presentados por la entidad contra dos
sentencias que declararon la nulidad de las órdenes de suscripción de acciones
por parte de minoristas por estimar que el folleto de salida a Bolsa contenía
información que no reflejaba la situación económica real de Bankia.
La decisión ha
sido adoptada por el Pleno de la Sala Civil de forma unánime y supone un
respaldo a las declaraciones de nulidad de miles de órdenes de compra que están
siendo tramitadas en juzgados de toda España. "Hubo error en el
consentimiento por parte de los adquirentes debido a las graves inexactitudes
del folleto de la oferta pública", concluyen los magistrados del Supremo,
que por primera vez examinaban el asunto.
Los dos casos
avalados por el Alto Tribunal habían sido examinados por las audiencias provinciales
de Valencia y Oviedo. La primera de las resoluciones fue dictada por la de
Valencia hace ahora un año y corrigió la decisión inicial del juez de dar la
razón a Bankia. Por contra, declaró la nulidad de la compra de acciones y
ordenó la devolución de los fondos con los intereses legales correspondientes.
"La
incorrección, inveracidad, inexactitud o los errores contables sobre esos datos
publicitados en el folleto, nos lleva a concluir que la información económica,
financiera y contable divulgada al público suscriptor, resultó inexacta e
incorrecta, en aspectos relevantes, primordiales y sustanciales como son los
beneficios y las pérdidas de la sociedad emisora", decía esa sentencia
avalada ahora por el Supremo.
En la misma línea
fue la resolución, ahora ya firme, de la Audiencia de Oviedo: "Lo expuesto
lleva a la conclusión, como ya lo hizo el juzgador de instancia en su
resolución, que la información llevada a efecto en la oferta pública por la
entidad demandada resultó incorrecta e inveraz en aspectos relevantes, dando
apariencia de una solvencia que no se correspondía con la realidad de su
situación financiera".
El revés del
Supremo a Bankia ha sido doble. Antes de confirmar las sentencias, los
magistrados han rechazado la solicitud de la entidad de que todas las causas
civiles de este tipo quedaran congeladas hasta que se dirimiera la causa penal
abierta en la Audiencia Nacional por la salida a Bolsa, en la que están
imputados Rodrigo rato y otros responsables de la entidad.
La decisión de
rechazar la aplicación de la llamada prejudicialidad penal supone que el
Supremo desvincula las sentencias que ordenan a Bankia a devolver los fondos
del resultado que pueda tener penalmente la investigación de la Audiencia.
Aunque ésta se archivara, los accionistas podrían seguir reclamando su dinero.
El Pleno de la
Sala de lo Civil, que preside el magistrado Francisco Marín Castán, ha
comunicado únicamente el sentido de su decisión. El contenido detallado de las
sentencias se conocerá en los próximos días.
Fuente: El Mundo.