Fallo de la sentencia (pinche sobre la imagen para ampliarla) |
Tenemos que anunciar que este
despacho ha recibido la buena noticia que ha traído una sentencia recentísima,
del dos de junio, que anula un contrato de adquisición de deuda subordinada de
la Caja de Extremadura, comercializada en la sucursal de Caja de Extremadura en
Cañamero (Cáceres) en el mes de febrero de 2005.
La Deuda Subordinada hacía un
montante de 18.000, que curiosamente procedía un plazo fijo, y que fue
comercializado durante la emisión de 2005. Entre la documentación entregada
existía una cartilla de plazo fijo por dicha cantidad, que los afectados
guardaron durante ocho años, hasta que en el año 2013 fueron sus titulares a
dicha sucursal para actualizarla, haciendo la directora una anotación a mano
que ponía «0€».
Este caso ha supuesto un nuevo éxito
para el colectivo de afectados que están reclamando Justicia y que sólo
reclaman lo que es suyo, porque se pedía, y así lo ha acogido el Juez, que
ofrecían a la antigua Caja que se hiciera cargo de las acciones, y que
devolverán los intereses generados por la Deuda Subordinada.
La sentencia no es firme y hay un
plazo de 20 días hábiles para ser recurrida.