miércoles, 4 de junio de 2014

Nueva sentencia estimatoria que declara nulo un contrato de adquisición de Deuda de Subordinada de Caja de Extremadura de 2005, condenando a la entidad a devolver la cantidad de 18.000 euros más los intereses legales

Fallo de la sentencia
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Tenemos que anunciar que este despacho ha recibido la buena noticia que ha traído una sentencia recentísima, del dos de junio, que anula un contrato de adquisición de deuda subordinada de la Caja de Extremadura, comercializada en la sucursal de Caja de Extremadura en Cañamero (Cáceres) en el mes de febrero de 2005.
La Deuda Subordinada hacía un montante de 18.000, que curiosamente procedía un plazo fijo, y que fue comercializado durante la emisión de 2005. Entre la documentación entregada existía una cartilla de plazo fijo por dicha cantidad, que los afectados guardaron durante ocho años, hasta que en el año 2013 fueron sus titulares a dicha sucursal para actualizarla, haciendo la directora una anotación a mano que ponía «0€».
Este caso ha supuesto un nuevo éxito para el colectivo de afectados que están reclamando Justicia y que sólo reclaman lo que es suyo, porque se pedía, y así lo ha acogido el Juez, que ofrecían a la antigua Caja que se hiciera cargo de las acciones, y que devolverán los intereses generados por la Deuda Subordinada.

La sentencia no es firme y hay un plazo de 20 días hábiles para ser recurrida.